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BONIFICACIONES/REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN LABORAL

Cuadro resumen de normativa vigente - Octubre 2017

Ref. CISS 15056/2013

BONIFICACIONES/REDUCCIONES A LA CONTRATACIÓN DE CÁRACTER GENERAL PARA JÓVENES LEY 11/2013
TIPO DE CONTRATOCOLECTIVOCUANTÍADURACIÓNVIGENCIA DE LA MEDIDANORMATIVA

Contratación a tiempo parcial con vinculación formativa.

INDFINIDO/DURACIÓN DETERMINADA

Menores de 30 años, inscritos en la Oficina de Empleo (1) Reducción del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes en empresas de plantilla inferior a 250 trabajadores. 75% en empresas de igual o superior plantilla.▸ Máximo 12 meses, prorrogables por 12 meses más.▸ Hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%.▸ Ley 11/2013. (Art. 9)

Contratación de un joven por microempresas y empresarios autónomos

INDEFINIDO

Menores de 30 años, inscritos en la Oficina de Empleo.Reducción del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes▸ 12 meses▸ Hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%.▸ Ley 11/2013. (Art. 10)

Contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven.

INDEFINIDO

Mayor de 45 años. (2) Reducción del 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social.▸ 12 meses▸ Hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%.▸ Ley 11/2013. (Art. 11)
Conversión en indefinido del contrato primer empleo jovenMenores de 30 años, inscritos en la Oficina de Empleo.

A su transformación, finalizada su duración mínima de 3 meses:

Hombres: 500 euros/año.

Mujeres: 700 euros/año

▸ 3 años▸ Hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%.▸ Ley 11/2013. (Art. 12)
Contrato en prácticasMenores de 30 años o menores de 35 años discapacitados, independientemente del periodo transcurrido desde la finalización de sus estudios, inscritos en la Oficina de Empleo.Reducción del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes.▸ Durante toda la vigencia del contrato▸ Hasta que la tasa de desempleo se situé por debajo del 15%.▸ Ley 11/2013. (Art. 13)
Contrato en prácticasMenores de 30 años o menores de 35 años discapacitados, que realicen prácticas no laborales, acogidos al R.D. 1543/2011.Inscritos en la Oficina de EmpleoReducción del 75 % de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes▸ Durante toda la vigencia del contrato▸ Hasta que la tasa de desempleo se situé por debajo del 15%.▸ Ley 11/2013. (Art. 13)

Empresas de inserción

TEMPORAL/ INDEFINIDO

Menores de 30 años o menores de 35 años discapacitados en situación de exclusión social.

- Mayores de 30 años

850 euros/ año.▸ Durante toda la vigencia del contrato o durante 3 años en contratación indefinida▸ Indefinida▸ Ley 5/2011. (Art. 9)
Cooperativas (3) o Sociedades laborales

- Menores de 30 años o menores de 35 años discapacitados, inscritos en la Oficina de Empleo, que se incorporen como socios trabajadores o de trabajo. (3)

- Mayores de 30 años

1° año:1650 euros/año,

2º y 3 año: 800 euros/año

800 euros/año

▸ 3 años▸ Indefinida.▸ Ley 5/2011. (Art. 9)
Indefinido de trabajadores procedentes de una ETT con contrato de primer empleo jovenTrabajadores que hubieran estado contratados por una ETT con contrato eventual, "primer empleo joven” y puestos a disposición de una empresa usuaria que procede a su contratación como indefinido.

Bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social:

Hombres 500 euros/año

Mujeres 700 euros/año

▸ Durante 3 años.▸ Hasta que la tasa de desempleo se situé por debajo del 15%.▸ Ley 11/2013.(Art. 12.4)
Indefinido para trabajadores procedentes de una ETT con contrato para la formación y el aprendizajeTrabajadores que hubieran estado contratados por una ETT para la formación y el aprendizaje y puestos a disposición de una empresa usuaria que procede a su contratación como indefinido.

Reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social:

Hombres: 1500 euros/año

Mujeres: 1800 euros/año

▸ Durante 3 años.▸ Indefinida.Disposición Final 4ª de la Ley 11/2013

Indefinido para trabajadores procedentes de una

ETT cop contrato en practicas

Trabajadores que hubieran estado contratados por una ETT con contrato en prácticas y puestos a disposición de una empresa usuaria que procede a su contratación como indefinido

Bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social.

Hombres: 500 euros/año

Mujeres: 700 euros/año

▸ Durante 3 años.▸ Indefinida.

Ley 3/2012. Aptdo 2. Art. 7.

(Modificado por R.D. Ley 16/2013)

BONIFICACIONES/REDUCCION ES A LA CONTRATACIÓN DE CARÁCTER GENERAL
TIPO CONTRATOCOLECTIVOS

CUANTÍA ANUAL

(EUROS)

DURACIÓNVIGENCIA DE LA MEDIDANORMATIVA
Para empresas de menores de 50 trabajadoresMayores de 45 años desempleados inscritos en la oficina de empleoDesempleados/as1.3003 añosHasta que la tasa de desempleo se situé por debajo del 15%▸ Ley 3/2012 (Art. 4)
Mujeres subrepresentadas (4) 1.500
Jóvenes de 16 y 30 años, ambos inclusive .desempleados inscritos en la Oficina de EmpleoDesempleados/as1er año, 1.000; 2.°, 1.100 y 3.° 1.200
Mujeres subrepresentadasLas anteriores cuantías se incrementarán en 100 euros
Para empresas menores de 50 trabajadores en centros de trabajo ubicados en la C.A. de CanariasMayores de 45 años desempleado Inscritos en la Oficina de Empleo.Desempleados/asCuantía 90%.3 añosHasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%.

▸ Ley 3/2012.

▸ (Art. 4.5 bis)

Mujeres subrepresentadasCuantía 100%
Jóvenes de 16 y 30 años ambos Inclusive desempleados inscritos En la Oficina de Empleo.Desempleados/as1º año 90%, 2º años 70%, 3º año 40%
Mujeres subrepresentadas1º año 100%, 2º año 80%, 3º año 50%.
IndefinidoVíctimas de violencia de género15004 añosIndefinidaLey 43/2006 (Art. 2)
Víctimas de trata de seres humanos.15002 años
Víctimas del terrorismo (art 34 Ley 29/2011)1.5004 años
Víctimas de violencia doméstica8504 años
Trabajadores en situación de exclusión social6004 años
Personas con discapacidadMenores de 45 añosEn general4.500Vigencia del contratoIndefinidaLey 43/2006 (Art. 2)
Discapacidad severa (5) 5.100
MujeresEn general5.350
Discapacidad severa5.950
Mayores de 45 añosEn general5.700
Discapacidad severa6300
TIPO CONTRATOCOLECTIVOS

CUANTÍA ANUAL

(EUROS)

DURACIÓN Y OBSERVACIONESNORMATIVA
IndefinidoContratación de un trabajador con discapacidad por un C.E.E. (6) (Relación de carácter especial).100% cuotas empresariales por todos los conceptos.Vigencia del contrato.IndefinidaLey 43/2006
Trabajadores desempleados mayores de 52 años beneficiarios de los subsidios del Art. 274 LGSS, a tiempo completo y de forma indefinida. (7) Bonificación que corresponde según el vigente PFE (8) Según la normativa aplicable del PFE.Según la normativa aplicable del PFE

Ley 45/2002 (D.T. 5ª)

Ley 43/2006

Indefinido familiares AutónomosContratación indefinida por parte del trabajador autónomo de parientes hasta el 2º grado por consanguineidad o afinidad.Bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes.12 meses

Ley 20/2007 (9)

(D.A. 7ª Ley 6/2017)

Conversiones en IndefinidoConversión de contratos en prácticas a la finalización de su duración inicial o prorrogada, de relevo y sustitución por jubilación (10) en empresas de menos de 50Hombres500 euros3 añosIndefinida

▸ Ley 3/2012.

(Art. 7)

Mujeres700 euros
TIPO CONTRATOCOLECTIVOS

CUANTÍA ANUAL

(EUROS)

DURACIÓNVIGENCIA DE LA MEDIDANORMATIVA
Conversiones en IndefinidoPersonas con discapacidad

• Conversión de contratos temporales de fomento del empleo, así como de contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje en las empresas ordinarias

• Conversión de todos los contratos temporales en CEE

• Mismo régimen que las contrataciones indefinidas iniciales (empresas ordinarias)

• 100 % de las cuotas empresariales a la S. S. por todos los conceptos y cuotas de recaudación en conjunto (CEE)

Ley 43/2006 (Art. 2)
Conversión de contratos para la formación y el aprendizaje y cualquiera que sea la fecha de su celebración.HombresReducción 1.500 (11) 3 añosIndefinidos

▸ Ley 3/2012 (Art. 2)

R.D. Ley 6/2016

MujeresReducción 1.800 (11)
Conversiones de contratos temporales en indefinidos, celebrados con víctimas del terrorismo, violencia de género, doméstica y personas en situación de exclusión social

1.500, Víctimas de violencia de género y terrorismo

850, Víctimas violencia doméstica.

650, Situación de exclusión social

4 añosIndefinidos

Disposición Final 14

Ley 3/2012

TIPO CONTRATOCOLECTIVOSCUANTÍADURACIÓN1VIGENCIA DE LA MEDIDANORMATIVA
Contratación temporalPersonas con discapacidadContratos formativosEn prácticas y para el contrato para la Formación y el Aprendizaje (si no se ha optado por la reducción de la (Ley 3/2012) (12) Reducción 50% cuota empresarial por contingencias comunesToda la vigencia del contratoIndefinido

ET (DA 20ª)

R.D. Legislativo 2/2015

Para la Formación y el Aprendizaje (13) Reducción del 75 % o del 100 % de las cuotas del empresario (14) Toda la vigencia del contratoIndefinida

▸ Ley 3/2012

(Art. 3)

Contratos de interinidad con desempleados con discapacidad para sustituir a trabajadores con discapacidad en situación de incapacidad temporal100 % todas las aportacionesToda la vigencia del contratoIndefinida

Ley 45/2002

(DA 9ª)

Contratación de un trabajador con discapacidad por un C.E.E. (relación de carácter especial)100% todas las aportacionesToda la vigencia del contratoIndefinidaLey 43/2006
Contrato temporal fomento del empleoEn generalVaronesMenores 45 años3.500Indefinida

Ley 43/2006

D. Adicional 1ª

Mayores 45 años4.100
MujeresMenores 45 años4.100
Mayores 45 años4.700
Discapacidad severaVaronesMenores 45 años4.100
Mayores 45 años4.700
MujeresMenores 45 años4.700
Mayores 45 años5.300
Víctima violencia de género o doméstica600
Trabajadores en situación de exclusión social500
Contratación víctimas del terrorismo según artículo 34 Ley 29/2011600Indefinida

Ley 43/2006

D. F. 14ª Ley 3/2012

Victimas de trata de seres humanos600IndefinidaLey 43/2006
Contrato temporal para la Formación y el AprendizajeJóvenes desempleados inscritos en la O. E., contratados para la formación y el aprendizajeReducción del 75 % o del 100 % de las cuotas del empresarioToda la vigencia del contratoIndefinida

▸ Ley 3/2012

(Art. 3)

BONIFICACIONES/REDUCIONES A LA CONTRATACIÓN DIRIGIDAS A ÁMBITOS ESPECÍFICOS
ÁMBITO MEDIDATIPO CONTRATOCOLECTIVOSCUANTÍADURACIÓNNORMATIVA
Áreas geográficasIndefinido/temporalTrabajadores en Ceuta y Melilla en los sectores que recoge la modificación del apartado 2 de la D.A. vigesimotercera del R. D. Legislativo 8/2015.50 % de la Base de cotización por contingencias comunes.IndefinidaD. A. vigesimotercera tercera del R. D. legislativo 8/2015
Indefinido/temporalTripulantes de buques Inscritos en el Registro Especial de Buques y Empresas Navieras de Canarias y tripulantes de buques adscritos a los servicios regulares entre las Islas Canarias y entre éstas y el resto del territorio nacionalReducción del 90% en la cuota empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos incluidos en la cotizaciónToda la vigencia del contrato▸ Ley 19/1994
Otros colectivosIndefinido/temporalPenados en instituciones penitenciarias y menores en centros de internamiento

Contingencias profesionales y conceptos de recaudación conjunta: 65 % cuotas

Contingencias comunes: cuantía que proceda para personas en situación de exclusión social

Vigencia del contratoD.A. vigesimotercera del R.D. Legislativo 8/2015
Indefinido/temporal

Personas que presten servicios en el hogar familiar, y queden incorporadas al sistema especial de seguridad social a partir de 1/1/2012 (15) .

En el caso de familias numerosas de categoría general, los dos ascendientes -o el ascendiente en el caso de familias monoparentales- deben trabajar fuera de casa)

Reducción del 20% cuota del empleadorDurante 2016

D. T. Única de la Ley 27/2011

R.D. 1.620/2011,

Ley 40/2003 (art. 9)

Disposición Adicional 87. Ley 48/2015

45 % cuota del empleadorVigencia del contrato
Empresas inserciónTemporal/IndefinidoPersonas en situación de exclusión social desempleadas incluidas en determinados colectivos contratadas en empresas de inserción.850 euros/añoTemp.: vigencia contrato Indefinida: 3 años

Artículo 16.3.ª Ley 44/2007

En supuesto de manera de 30 años1650/euros/añoTemp.: vigencia contrato Indefinida: 3 añosLey 11/2013
BONIFICACIONES/REDUCCIONES PARA EL MANTENIMIENTO DE EMPLEO
OBJETOCOLECTIVOCUANTÍADURACIÓN Y OBSERVACIONESNORMATIVA
Mantenimiento - empleo trabajadores mayoresMayor de 65 años con 38 años y 6 meses de cotización efectiva a la Seguridad Social y contrato indefinido (nuevo o vigente) o tener 67 años y 37 de cotizaciónReducción 100 % cuota empresarial por contingencias comunes, salvo la incapacidad temporal

Duración de la exención: indefinida

▸ Si el trabajador no tiene la antigüedad necesaria al cumplir la edad, la exención se aplica desde el cumplimiento del requisito

▸ Se financia por la Seguridad Social

▸ Ley General de la S. Social 8/2015 (art. 152)

Ley 27/2011

Conciliación de la vida personal, laboral y familiarContratos interinidad que se celebren con personas desempleadas para sustituir a trabajadores durante los períodos de descanso por maternidad, adopción, acogimiento, paternidad o riesgo durante el embarazo o la lactancia100 % cuota empresarial del interino (inc. contingencias prof. y recaudación conjunta)▸ Duración: Mientras dure la sustituciónRDL 11/1998
100 % cuota trabajador en situación de maternidad (incl. contingencias prof. y recaudación conjunta)▸ Ley 12/2001 (DA 2ª)
Contratos de interinidad con beneficiarios de prestaciones por desempleo para sustituir a trabajadores en situación de excedencia por cuidado de familiaresReducción del 95,60 y 50 por ciento de la cuota por contingencias comunes durante el primer, segundo y tercer año respectivamente de excedencia▸ Duración: Mientras dure la excedenciaD.A. 21ª E.T
Contratos de interinidad para sustituirá trabajadoras víctimas de violencia de género que hayan suspendido su contrato ejercitando su derecho a la movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo100 % de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes

▸ Duración: mientras dure la sustitución

▸ 6 meses en el caso de movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo

Ley Orgánica 1/2004
Empleo selectivoTrabajadores que hubieran cesado en la empresa por habérseles reconocido una incapacidad permanente total o absoluta y después de haber recibido prestaciones de recuperación profesional hubieran recobrado su plena capacidad laboral o continúen afectados por una incapacidad parcial y se reincorporen a la empresaReducción 50 % de la cuota patronal de la Seguridad Social correspondiente a contingencias comunesDuración: 2 añosRD 1451/1983 (art. 2)
Prolongación período de actividad fijos discontinuosTrabajadores con contratos fijos discontinuos en actividades encuadradas en los sectores de turismo, así como las de comercio y hostelería, siempre que se encuentren vinculados a dicho sector del turismo y que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año.Bonificación 50% contingencias comunes, desempleo, Fogasa y formación profesional durante los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año▸ Meses de febrero, marzo y noviembre de cada año hasta el 31/12/2016D.A. 111ª Ley 3/2017
BONIFICACIONES/REDUCCIONES AL TRABAJO AUTÓNOMO
OBJETOCOLECTIVOCUANTÍADURACIÓN Y OBSERVACIONESNORMATIVA
Bonificaciones y reducciones al trabajo autónomo con carácter generalCON BASE MÍNIMA DE COTIZACIÓN

Trabajadores/as por cuenta propia que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los 5 años inmediatamente anteriores, que opten por cotizar la base mínima.

Con posterioridad al periodo inicial de 6 meses previstos, podrán aplicarse sobre la cuota de contingencias comunes, Incluida la Incapacidad temporal.

Reducción de 50 euros/mes de la cuota por contingencias comunes incluidas en la Incapacidad temporal.

a) Reducción equivalente al 50% durante 6 meses.

b) Reducción equivalente al 30% durante 3 meses siguientes al periodo a).

c) Bonificación equivalente al 30% durante tres meses siguientes al periodo b).

▸ 6 meses Inmediatamente siguientes a la fecha a de efectos del alta.

▸ Máximo hasta 12 meses hasta completar un máximo de 18 meses tras la fecha de efectos del alta.

▸ Ley 20/2007. (Art. 31.) (16)

R.D. Ley 6/2016.

CON BASE SUPERIOR DE COTIZACIÓN

Trabajadores por cuenta propia que causen alta Inicial o no hubieran estado de alta en los 5 años Inmediatamente anteriores que opten por cotizar por una base de cotización superior a la base mínima.

Con posterioridad al periodo Inicial de los 6 meses previstos, podrán aplicarse sobre la cuota de contingencias comunes, Incluida la Incapacidad temporal.

Reducción equivalente al 80% sobre la cuota por contingencias comunes incluidas en la incapacidad temporal.

a) Reducción equivalente al 50% durante 6 meses.

b) Reducción equivalente al 30% durante 3 meses siguientes al periodo a)

c) Bonificación equivalente al 30% durante tres meses siguientes al periodo b)

▸ 6 meses Inmediatamente siguientes a la fecha a de efectos del alta.

▸ Máximo hasta 12 meses hasta completar un máximo de 18 meses tras la fecha de efectos del alta.

▸ Ley 20/2007. (Art. 31.) (16)

R.D. Ley 6/2016.

Bonificaciones y reducciones al trabajo AutónomoMENORES DE 30 AÑOS O MUJERES MENORES DE 35 AÑOSTrabajadores/as por cuenta propia menores de 30 años o menores de 35, en el caso de mujeres que causen alta Inicial o no hubieran estado en alta en los 5 años Inmediatamente anteriores. (17) Bonificación adicional a la finalización de las previstas con carácter general del 30% sobre la cuota de contingencias comunes.12 meses siguientes a la finalización del periodo de bonificación previsto con carácter general

▸ Ley 20/2007. (Art. 31.) (16)

R.D. Ley 6/2016.

DISCAPACITADOS, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Y VÍCTIMAS DE TERRORISMOTrabajadores/as con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género y las víctimas de terrorismo que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los últimos 5 años inmediatamente anteriores, que opten por cotizar sobre la base mínima (17) Reducciones a 50 euros mensuales por contingencia comunes Incluida la Incapacidad temporal.Durante los 12 meses Inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta▸ Ley 20/2007/(Art. 32)
Con posterioridad a los 12 meses iniciales, podrán aplicarse sobre la cuota de contingencias comunes, Incluida la Incapacidad temporal (17) Bonificación equivalente al 50% de la cuota por contingencias comunes incluida la incapacidad temporal.48 meses, hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la fecha de alta.
Trabajadores/as con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género y las víctimas de terrorismo que causen alta inicial o no hubieran estado en alta en los últimos 5 años inmediatamente anteriores que opten por una base de cotización superior a la mínima (17) Reducción equivalente al 80% de la cuota por contingencias comunes incluida la incapacidad temporal.Durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta
Con posterioridad a los 12 meses previstos podrán aplicarse sobre la cuota de contingencias comunes, Incluida la Incapacidad temporal, una bonificación. (17) Bonificación equivalente al 50% de la cuota por contingencias comunes incluida la incapacidad temporal.48 meses, hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la fecha e alta.
INTERINIDADTrabajadores autónomos que cesen la actividad por encontrarse en período de descanso por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo durante la lactancia natural. (18) 100 % de la cuota que resulte de aplicar sobre la base media que tuviese el autónomo en los 12 meses anteriores al cese.Durante el periodo de descanso.(Mínimo 1 mes)

▸ Ley 20/2007 (Art 38)

R.D. Ley 6/2016.

FAMILIARESNuevas altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos, en el Régimen Especial de Trabajo por cuenta propia que corresponda (19) 50% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima del tipo correspondiente de cotización vigente en cada momento.18 meses▸ Ley 20/2007 (Art. 35)
25% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima del tipo correspondiente de cotización vigente en cada momento6 meses
CEUTA Y MELILLATrabajadores autónomos en Ceuta y Melilla en los sectores que recoge la modificación del apartado 2 de la D.A. trigésima del R.D. Legislativo 1/1994 y la D.A. primera de la Ley 3/2011, de 4 de Octubre.50% de la Base de cotización por contingencias comunesIndefinida▸ Ley 20 / 2007 (Art. 36)
Por conciliación de la vida personal y familiar vinculadas a la contratación

Trabajadores/as autónomos que permanezcan de alta en el RETA, y contraten a un trabajador/a a tiempo complete o parcial en los supuestos de:

A) Por cuidado de menores de 12 años.

B) Por tener a su cargo un familiar, por consanguineidad o afinidad hasta el Segundo grado en situación de dependencia.

C) Por tener a su cargo un familiar por consanguineidad o afinidad hasta el Segundo grado inclusive con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% o una discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65% cuando dicha discapacidad esté debidamente acreditada, siempre que dicho familiar no desempeñe una actividad retribuida.

100% de la cuota (20) por contingencias comunes que resulte de aplicar a la base media que tuviera el trabajador/a en los 12 meses anteriores a la fecha de acogerse a estas medidas, el tipo de cotización mínimo vigente. (21)

Hasta 12 meses.

Mínimo duración del contrato 3 meses.

▸ Ley 20/2007. (Art. 30.)
ReincorporadasAutónomas que hubieran cesado su actividad por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, y vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los dos años siguientes a la fecha del cese.50 euros/mes de cuantía fija por contingencias comunes incluida I.T. 12 meses▸ Ley 20/2007. (Art. 38. bis).
(1)

Además debe cumplir alguno de los requisitos establecidos en el art. 9 de la Ley 11/2013.

Ver Texto
(2)

Además debe cumplir alguno de los requisitos establecidos en el art. 11 de la Ley 11/2013.

Ver Texto
(3)

En el caso de cooperativas, estas han tenido que optar por un Régimen de Seguridad Social propio de trabajadores por cuenta ajena. Art. 9 de la Ley 5/2011

Ver Texto
(4)

Mujeres en ocupaciones en los que este colectivo esté menos representado.

Ver Texto
(5)

Discapacidad severa: Personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual igual o superior al 33 % y discapacidad física o sensorial igual o superior al 65 %.

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(6)

Centro Especial de Empleo.

Ver Texto
(7)

Estos trabajadores, que se acogen voluntariamente a este programa, pueden compatibilizar los subsidios por desempleo con el trabajo por cuenta ajena en aplicación de lo previsto en el párrafo primero del apartado 4 del Art. 228. Del Texto Refundido de la ley de la Seguridad Social.

Ver Texto
(8)

PFE. Programa de Fomento de Empleo (dependiendo del colectivo. Ley 43/2006 o Ley 3/2012.

Ver Texto
(9)

Los incentivos establecidos en el Art. 31 de la Ley 20/2007, cuando se trate de trabajadores autónomos inscritos en el S.N.G.J. el incentivo será bonificación a partir del 1 de enero de 2017.

Ver Texto
(10)

Medida de fomento de empleo derogada desde el 1-1-2013, excepto para las situaciones contempladas en la disposición Final 12.2 de la Ley 27/2012, de 1 de Agosto.

Ver Texto
(11)

Esta reducción cuando se trate de trabajadores inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil el incentivo será “ Bonificación" a partir del 1 de enero de 2017.

Ver Texto
(12)

Supuesto de no cumplir los requisitos de la Ley 3/2012, en el caso del contrato para la formación y el aprendizaje.

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(13)

En el supuesto de trabajadores discapacitados, no se aplica el límite de edad.

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(14)

Dependiendo que la plantilla sea inferior a 250 personas (100 %) o igual o superior (75 %).

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(15)

Siempre que la obligación de cotizar se haya iniciado el 1/1/2012.

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(16)

Los incentivos establecidos en el Art. 31 de la Ley 20/2007, cuando se trate de trabajadores autónomos inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil el incentivo será "Bonificación" a partir del 1 de enero de 2017

Ver Texto
(17)

También será de aplicación a los socios trabajadores de Cooperativas de trabajo Asociado que estén encuadradas en el Régimen Especial de la S. Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos

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(18)

Será compatible con la bonificación del Real decreto Ley 11/1998.

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(19)

Cónyuge, pareja de hecho y familiares de trabajadores autónomos por consanguineidad o afinidad hasta el 2.9 grado inclusive y, en su caso, por adopción.

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(20)

Si la contratación es a tiempo parcial la bonificación prevista será del 50%.

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(21)

En el caso de que el trabajador/a lleve menos de 12 meses de alta en el Régimen Especial de la seguridad Social la base media de cotización se calculará desde la fecha de alta.

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